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Estructura Organizativa

Gobierno de la Fundación

El gobierno, representación y administración de la Fundación corresponde al Patronato, que deberá cumplir los fines fundacionales y administrar los bienes y derechos que integran el patrimonio de la Fundación.

Composición del Patronato

El Patronato estará compuesto por un número de miembros no inferior a nueve ni superior a doce.

Necesariamente serán miembros del Patronato:

  • El Consejo General de Odontólogos y Estomatólogos, representado por su Presidente.
  • El Vicepresidente del Comité ejecutivo de dicho Consejo General.
  • El Secretario del Comité ejecutivo del Consejo General citado.
  • El Tesorero del referido Comité ejecutivo.
  • Cinco miembros elegidos por la Asamblea General del Consejo General de Colegios de Odontólogos y Estomatólogos de España de entre los que formen parte de ella y se presenten como candidatos.

Con carácter voluntario:

  • Hasta tres personas físicas o jurídicas que no formen parte de la Asamblea General, elegidas por ésta y renovables anualmente.

Duración del cargo

El Fundador, Consejo General de Odontólogos y Estomatólogos, es Patrono nato con duración indefinida. La condición de Patrono recaída en persona física, por razón del cargo que esta ocupa, tendrá la siguiente duración:

    1. Si la condición de Patrono la ostenta por razón del cargo que ocupa, la duración será igual a la de dicho cargo.
    2. Si la razón de Patrono lo es por razón de la elección realizada por la Asamblea General del Ilustre Consejo General, la duración será de cuatro años, sin perjuicio de la posibilidad de reelección una o más veces por periodos de igual duración máxima.
    3. Cumplido el periodo al que se refiere la condición b) señalada anteriormente, los Patronos ejercerán su cargo, en funciones, hasta que se reúna la primera Asamblea General y elija a los nuevos Patronos.

Los Patronos entrarán a ejercer sus funciones después de haber aceptado expresamente el cargo.

Cese y nombramiento

Todos los Patronos podrán ser cesados libremente por el Fundador, incluso los nombrados por el Patronato. Sin perjuicio de lo anterior el cese se producirá en cualquiera de los supuestos legalmente establecidos.

Producida una vacante, si en los dos meses siguientes el Fundador no hubiere designado quien la cubra, el Patronato, en los dos meses siguientes a la expiración del plazo anterior, designará la persona que haya de ocupar dicha vacante. El nombramiento se comunicará al Protectorado.

Gratuidad del cargo

Los Patronos ejercerán su cargo gratuitamente, sin perjuicio del derecho a ser reembolsados de los gastos debidamente justificados que el desempeño de su función les ocasione.

Fecha de actualización: 14/10/2021

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